En este apartado se detallan paso a paso todas las acciones que deben realizar las partes involucradas en los procesos relacionados a las delegaciones de nombres de dominio, desde que el interesado completa alguno de los formularios de solicitud hasta que el mismo es notificado sobre el resultado final de su petición.
Por cada uno de los siguientes procedimientos, además de la versión de texto, hay una versión en formato de diagrama que ilustra gráficamente los diferentes estados que van tomando las solicitudes o los dominios a medida que se van sucediendo los pasos del procedimiento.
- keyboard_arrow_rightDelegación (Creación y Activación de un nuevo dominio)
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Creación y Activación de un nuevo dominio
- El interesado en crear y activar un nuevo dominio (en adelante Solicitante) toma conocimiento de las pautas para la delegación de nombres dominios y lee los pasos de este procedimiento antes de iniciar cualquier acción.
- El Solicitante completa la solicitud de delegación de nombre de dominio disponible en www.nic.py/formulario.
- Antes de que la solicitud sea enviada, el Solicitante lee las condiciones del servicio que se adjuntan y finalmente remite la solicitud aceptando de esa manera todos los términos establecidos en las condiciones del servicio.
- La solicitud es recibida por el NIC, donde el CNC realiza una verificación técnica para aislar errores u omisiones que no fueron detectados por los procesos automáticos. Como consecuencia de este control, que normalmente se realiza dentro de las 24 horas de recibida la solicitud, se obtiene uno de los siguientes resultados:
- La solicitud no tiene inconvenientes técnicos y se continúa con el siguiente paso del procedimiento.
- Se determina que la solicitud es técnicamente inviable o improcedente, por lo tanto se la desestima y el Solicitante es notificado al respecto.
- Se determina que hay errores u omisiones menores que pueden ser enmendados por el Solicitante, en cuyo caso se le pide que envíe vía e-mail la solicitud corregida.
- El nombre de dominio solicitado pasa al estado de dominio con solicitud sujeta a confirmación, y un e-mail de petición de confirmación de la solicitud es enviado al Solicitante. A partir de este momento el nombre de dominio solicitado queda reservado hasta que la solicitud sea finalmente aprobada o rechazada.
- El Solicitante recibe el e-mail de petición de confirmación de la solicitud, controla que los datos estén correctos y responde también vía e-mail al NIC, confirmando así su solicitud. En este punto el Solicitante puede responder indicando correcciones de último momento a los datos de la solicitud. Igualmente están habilitados a remitir la confirmación el Contacto Administrativo y el Contacto Técnico nominados en la solicitud.
- La confirmación es recibida por el NIC, pasando la solicitud al estado de solicitud confirmada. A partir de este momento el dominio solicitado ya puede ser visto en la página de consultas de dominios del NIC. En cambio, si la confirmación no es recibida transcurridos 8 (ocho) días desde la fecha de solicitud original, se entenderá que el Solicitante ha desistido de la misma y se procederá a desestimarla.
- Al ser confirmada la solicitud, el LED realiza el estudio de aprobación del dominio. Este trámite dura entre 24 y 48 horas, aunque este tiempo puede extenderse si la solicitud tiene algún inconveniente, en cuyo caso, si el LED lo considera necesario, puede requerir al Solicitante el envío vía fax de documentos de respaldo con membretes de la Organización Responsable, que pueden ser empleados como instrumento de decisión.
- La solicitud es aprobada y se determina la creación del dominio, que ahora pasa al estado de dominio en trámite de creación. Si la solicitud es rechazada, el Solicitante es notificado acerca de los motivos.
- Una vez aprobada la solicitud de delegación de dominio, el Solicitante realiza el pago de la tarifa correspondiente en cualquiera de los puntos de cobro habilitados para el efecto. Recién una vez que se haya verificado el abono por parte del Solicitante se continúa con el siguiente paso. Si el abono no es realizado transcurridos 15 (quince) días desde la fecha de aprobación del dominio, se entenderá que el Solicitante ha desistido y se procederá a desestimar la solicitud de delegación.
- Una vez confirmado el pago de la tarifa de delegación de dominio, el CNC procede a agregar en los servidores DNS el dominio en trámite de creación. Entonces el dominio pasa al estado Activo y a partir de ese momento es publicado por los servidores del NIC, quedando en condiciones de estar operativo y accesible en Internet.
- El Solicitante es notificado automáticamente vía e-mail por el NIC de la activación del dominio creado.
Observaciones
- El Solicitante, quien completa los formularios y efectúa las gestiones relacionadas a la delegación, puede ser la misma Organización Responsable o puede ser algún tercero que realice los trámites a nombre de la Organización Responsable. En todo caso, es la Organización Responsable la que efectivamente recibe la delegación del nombre de dominio y es la única entidad que ejerce, ante el NIC, la responsabilidad sobre el dominio delegado.
- En la etapa de Verificación Técnica se diferencian dos instancias:
- La instancia de control de omisiones o errores detectados automáticamente en el momento del envío del formulario. Por ejemplo datos no completados, errores en los datos de servidores DNS y direcciones IP, errores sintácticos en direcciones e-mail.
- La instancia de control de errores que no han sido detectados automáticamente y son analizados de forma no automática. Por ejemplo direcciones e-mail no existentes, números IP que no corresponden a los servidores DNS.
- En el estudio de Aprobación se evalúa si la solicitud cumple con los requisitos y condiciones establecidas por las Pautas del NIC, de tal forma a dictaminar su aprobación o rechazo. En este punto se realiza la comprobación de todos los datos suministrados en la plantilla o formulario de solicitud, y de ser necesario pueden tomarse acciones de petición de confirmación o verificación de los mismos. Se empleará todo el tiempo que sea necesario para realizar los trámites del estudio de aprobación.
- En relación a la duración total del proceso de delegación de un dominio, nótese que en gran medida depende de que la Organización Responsable responda a los requerimientos y realice los trámites de este procedimiento en tiempo y forma.
- A partir de esto se puede decir que si la Organización Responsable cumple con los trámites en el día y si la solicitud no tiene inconvenientes, el proceso de delegación dura entre 48 y 72 horas.
- En lo que se refiere a las magnitudes de tiempo mencionadas en este procedimiento para que el NIC evalúe las solicitudes, las mismas corresponden únicamente a los días hábiles de la semana (Lunes a Viernes) y no incluyen feriados ni asuetos.
- La información acerca de las tarifas, vencimientos, puntos de cobro y facturación están disponibles en www.nic.py/costos.php
- keyboard_arrow_rightRenovación (Confirmación de la delegación de un nombre de dominio por un periodo más.)
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Confirmación de la delegación de un nombre de dominio por un periodo más
- El NIC notifica vía e-mail a la Organización Responsable que se aproxima la fecha de finalización de la vigencia del dominio delegado y que el mismo debe ser renovado. Este aviso se realiza en el mes de vencimiento del dominio. La fecha de vencimiento anual será siempre el día 25 del mes de activación, siendo la fecha límite para la realización del pago el último día de ese mes.
- La Organización Responsable recibe la notificación y dispone el pago de la renovación del dominio en cualquiera de los puntos de cobro habilitados.
- Una vez confirmada la realización del pago, el NIC dispone la renovación del dominio por un nuevo periodo. Si el pago no se realizara transcurrida la fecha de vencimiento, el dominio será inhabilitado y los responsables tendrán un plazo de 10 (diez) días corridos para regularizar el pago y activar nuevamente el dominio. Transcurrido este periodo, el dominio será automáticamente eliminado, quedando disponible para ser solicitado por la misma Organización u otra interesada en el nombre.
- Si los trámites de renovación concluyen satisfactoriamente, la Organización Responsable es notificada automáticamente vía e-mail por el NIC acerca de la renovación del dominio delegado.
Observaciones
- La información acerca de las tarifas, puntos de cobro y facturación están disponibles en www.nic.py/costos.php
- Los datos relacionados a la vigencia de los dominios, así como el establecimiento de las fechas de vencimiento y otros aspectos se encuentra en www.nic.py/costos.php
- keyboard_arrow_rightModificación (Actualización de los datos de un dominio delegado.)
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Actualización de los datos de un dominio delegado
- El Contacto Administrativo, Técnico o de Facturación autorizado del dominio (en adelante Contacto) toma conocimiento de las pautas para la delegación de dominios y lee los pasos de este procedimiento antes de iniciar cualquier acción.
- El Contacto completa/llena el Formulario en linea indicando el nombre de dominio y su dirección de correo.
- La solicitud es recibida por el NIC y un e-mail es enviado al Contacto, en el mismo se indica una dirección URL a la cual debe acceder para ingresar las modificaciones. Si no es posible que la actualización de los datos sea solicitada por los contactos habilitados, el NIC requerirá del envío vía fax de la Plantilla de Modificación de datos, la cual debe ser impresa en hojas con membrete de la Organización Responsable y firmada por algún directivo o representante de la misma.
- La solicitud es recibida por el NIC, donde el CNC realiza una verificación técnica para aislar errores u omisiones que no fueron detectados por los procesos automáticos. Como consecuencia de este control, el cual se realiza dentro de las 24 horas de recibida la solicitud, se obtiene uno de los siguientes resultados:
- La solicitud no tiene inconvenientes técnicos y se continúa con el siguiente paso del procedimiento.
- Se determina que la solicitud es técnicamente inviable o improcedente, por lo tanto se la desestima y el Contacto es notificado al respecto.
- Se determina que hay errores u omisiones menores que pueden ser enmendados por el Contacto, en cuyo caso se le pide que envíe vía e-mail la solicitud corregida.
- El CNC procede a realizar inmediatamente la actualización si los cambios solicitados son de carácter técnico, es decir aquellos que hacen a la operación del servicio DNS. En cambio, si la solicitud involucra cambios en los demás datos del dominio, el LED realiza el estudio de aprobación. Este trámite de estudio de aprobación dura entre 24 y 48 horas, aunque este tiempo puede extenderse si la solicitud tiene algún inconveniente, en cuyo caso, si el LED lo considera necesario, puede requerir al Contacto el envío vía fax de documentos de respaldo con membretes de la Organización Responsable, que pueden ser empleados como instrumento de decisión.
- La solicitud es aprobada y se determina la actualización de los datos del dominio, que ahora pasa al estado de dominio en trámite de modificación. Si la solicitud es rechazada, el Contacto es notificado acerca de los motivos.
- El CNC procede a Activar los cambios correspondientes al dominio en trámite de modificación. A partir de ese momento el mismo queda operativo en Internet con los datos actualizados.
- El Contacto es notificado automáticamente vía e-mail por el NIC acerca de la actualización de los datos del dominio.
El Solicitante es notificado automáticamente vía e-mail por el NIC de la activación del dominio creado.
Observaciones
- Errores comunes: Equivocaciones u omisiones de carácter técnico como por ejemplo datos no completados, errores en los datos de servidores DNS y direcciones IP, errores sintácticos en direcciones e-mail, direcciones e-mail no existentes, números IP que no corresponden a los servidores DNS.
- Estudio de aprobación: Se evalúa si la solicitud es viable y cumple con los requisitos establecidos de tal forma a dictaminar su aprobación o rechazo. En este punto se realiza la comprobación de todos los datos suministrados en la plantilla o formulario de solicitud, y de ser necesario pueden tomarse acciones de petición de confirmación o verificación de los mismos. Se empleará todo el tiempo que sea necesario para realizar los trámites del estudio de aprobación.
- En relación a la duración total del proceso de modificación de datos de un dominio, nótese que en gran medida depende de que la Organización Responsable responda a los requerimientos y realice los trámites de este procedimiento en tiempo y forma.
A partir de esto se puede decir que si la Organización Responsable cumple con los trámites en el día y si la solicitud no tiene inconvenientes, el proceso de modificación dura entre 24 y 72 horas.
- En lo que se refiere a las magnitudes de tiempo mencionadas en este procedimiento para que el NIC evalúe las solicitudes, las mismas corresponden únicamente a los días hábiles de la semana (Lunes a Viernes) y no incluyen feriados ni asuetos.
- keyboard_arrow_rightInhabilitacion (Desactivación de un dominio delegado.)
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Desactivación de un dominio delegado
Todos los dominios, independientemente de la fecha de activación inicial, expiran -una año después- a fin de mes. Un dominio que no haya sido renovado y pasada esa fecha, seguirá activo hasta el segundo lunes del mes, posterior a su vencimiento. Cumpliéndose el referido plazo y no habiendo realizado el pago respectivo, el dominio será automáticamente inhabilitado y los servicios conexos al mismo dejarán de funcionar.
Es de mencionar que un dominio en estado "inhabilitado" aún puede ser pagado y no se encontrará libre ni disponible para que otra persona lo solicite.
- keyboard_arrow_rightEliminacion (Desvinculación de un dominio delegado.)
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Desvinculación de un dominio delegado
Los dominios "inhabilitados" y que no hayan sido renovados, serán automáticamente eliminados el cuarto lunes del mes de su inhabilitación. Esto significa que dicho nombre de dominio quedará libre y disponible para que cualquiera lo solicite y delegue, no habiendo posibilidad de reclamo alguno.
- keyboard_arrow_rightCambio de nombre (Reemplazo de un nombre de dominio delegado por otro nombre de dominio.)
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Reemplazo de un nombre de dominio delegado por otro nombre de dominio